La legislación panameña en materia migratoria ofrece múltiples opciones para que ejecutivos, profesionales, empresarios, jubilados o retirados extranjeros emigren y fijen su residencia ya sea temporal o permanentemente en territorio panameño.
Actualmente la normativa legal vigente en materia migratoria establece una serie de visas o permisos de residencia cuyos requisitos sencillos y accesibles hacen atractiva la posibilidad de que personas de cualquier parte del mundo se establezcan en Panamá ya sea por razones laborales, comerciales o simplemente para aprovechar las ventajas que ofrece nuestro país.
A partir del 26 de agosto de 2008 empezará a regir el Decreto Ley No.3 de 22 de febrero de 2008, el cual reemplaza la normativa actual modernizando los procesos migratorios pero manteniendo siempre el mismo espíritu de facilitar la inmigración de extranjeros a nuestro país. Algunos de los tipos de Visas que ofrece nuestra legislación migratoria vigente y futura son:
- Visa de solvencia económica propia cuyo requisito fundamental es que el aspirante posea en una institución bancaria panameña un plazo fijo o deposito a plazo de doscientos mil dólares americanos por un periodo mínimo de dos años o que posea una propiedad (bien inmueble) libre de gravámenes o restricciones inscritas cuyo valor sea de doscientos mil dólares americanos. También se admite una combinación de ambas posibilidades.
- Visa de inversionista de micro o macro empresa, cuyo requisitos esencial es que el solicitante aporte documentación (declaraciones de renta, pacto constitutivo de sociedad anónima, facturas comerciales, etc.) que demuestre que esta realizando una inversión en Panamá a través del establecimiento de una empresa en la que laboran nacionales panameños. En el caso de la micro empresa la inversión debe oscilar entre los cuarenta mil y los ciento cincuenta mil dólares americanos y para la macro empresa la inversión debe ser superior a los ciento cincuenta mil dólares americanos.
Para aquellos extranjeros que luego de una exitosa carrera profesional solo desean disfrutar de un retiro o una jubilación en un país bendecido por la naturaleza, con una infraestructura moderna pero sobre todo con un costo de vida moderado en donde sus ingresos le permitirán una vida placentera nuestra leyes migratorias contemplan status migratorios como los siguientes:
- Permisos de Residencia Indefinida para Turistas Pensionados destinada para aquellos extranjeros que sean pensionados de un gobierno o empresa privada extranjera con una suma mínima mensual de B/500.00 en forma vitalicia.
- Visa de Rentista Retirado para aquellos extranjeros que devengan una renta mínima de B/750.00 mensuales, que provenga exclusivamente de intereses producto de depósitos a plazo fijo en el Banco Nacional de Panamá, por el término de cinco años.
Todas las visas o permisos antes mencionados son extensibles al núcleo familiar (esposa, hijos y padres) del titular por lo que no existe problema de emigrar a Panamá con toda su familia.
Nuestra firma esta en capacidad de ofrecerle el tramite completo de las visas o permisos antes mencionados y de muchos otros más con las mejores tarifas, solo debe contactarnos a través de nuestra página electrónica o a los teléfonos 507-265-8285 ó 507-265-8294 y le ofreceremos una asesoría completa para ubicar el tipo de visa que se ajusta a su perfil, ayudarlo en la recopilación de la documentación necesaria y realizarle su tramite rápido y efectivo.